Hedge Funds vs UCITS III Descafeinados o Newcits

La norma original sobre Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios (UCITS por sus siglas en Inglés) es una directiva europea que data de 1985 que buscaba que un fondo de inversión regulado en un estado miembro de la UE pudiera comercializarse en el resto de estados miembros sin necesidad de autorizaciones adicionales. No tuvo mucho éxito la comercialización de este tipo de productos ya que existían fuertes limitaciones sobre el tipo de inversiones que estos UCITS podían realizar.

Con la nueva directiva en Diciembre de 2001 se ampliaron las actividades que podían realizar estos fondos y se les permitió invertir en una gama más amplia de instrumentos financieros. Comenzaron muchas gestoras  a ofrecer estrategias monetarias dinámicas (período 2003-2007) empaquetadas en Fondos UCITS y después de su fracaso a raíz de la crisis “sub-prime” poco han tardado, por motivos fundamentalmente comerciales, en empaquetar “hedge funds” en formato UCIT  conocidos popularmente como Newcits.

Hay profesionales del sector que señalan que esta tendencia abrirá el mundo de la gestión alternativa a los inversores minoristas. Igualmente señalan que estos fondos son más transparentes y más líquidos y por ende esto redundará en el interés de los inversores. También apuntan a  que la regulación de estos productos mitiga los posibles fraudes que hemos visto en el pasado en la Industria de Inversión Alternativa. En una entrevista al director de inversiones de una firma que recientemente acaba de lanzar un Fondo de Fondos en formato UCIT este señala lo siguiente: “Nuestro nuevo fondo permite que los inversores se beneficien de las características específicas de los hedge funds, a la vez que disfrutan del marco legal bien regulado de UCIT III”

Los que llevamos unos pocos años en esta Industria nos llevamos las manos a la cabeza al oír este tipo de afirmaciones. Me viene a la memoria hace unos años cuando en lugar de los Newcits el producto comercialmente popular eran los Fondos de Mercado Monetario Dinámicos empaquetados igualmente en formatos UCIT. Desbancaban a la gestión de tesorería tradicional “estática” y era la nueva panacea financiera que multitud de gestoras comercializaban sin explicar a sus inversores los riesgos intrínsecos que implicaban los instrumentos financieros en los que invertían. Hoy en día apenas se oye hablar de ellos. No hace falta más que escribir en Google o en cualquier otro buscador las palabras  “fondo monetario dinámico” y en los primeros resultados de búsqueda aparecen titulares escritos en 2006/2007 tales como “Como consecuencia, la crisis de las hipotecas subprime y de sus titulizaciones ha afectado a los fondos monetarios dinámicos” o “Los más de 3.000 partícipes del XYZ Monetario Dinámico no podrán retirar de momento todo su dinero de este producto por un daño colateral …”. El error no estaba en los productos en sí, el error estaba en la comercialización de  estos productos como alternativa a la gestión de la tesorería tradicional. No cometamos de nuevo el mismo error con los fondos UCIT III, mal llamados hedge funds

Volviendo a lo que nos concierne. Los Hedge Funds en formato UCIT III no son hedge funds “puros”, podríamos denominarlos como “descafeinados”. No todas las estrategias del mundo de los hedge funds son replicables en formato UCITS. Hay grandes diferencias en cuanto a los límites de concentración, activos aptos y sobre todo, liquidez. La clave reside, como señala Jose Luis López Caballero, en juzgar si la estrategia que un gestor aplicaba en su hedge fund es o no extrapolable a un fondo con ventanas de liquidez mucho más frecuentes y un universo de activos aptos más reducido. Estos productos son mucho más direccionales que los hedge funds porque para ofrecer liquidez quincenal, semanal e incluso diaria la mayoría de las estrategias que utilizan los hedge funds puros no serian replicables en formato UCIT, por tanto, debemos esperar una mayor correlación con los mercados en la industria de los UCITS que en la de los hedge funds. Esa direccionalidad hace que esperemos presumiblemente mejores resultados en mercados alcistas de los newcits bien gestionados pero una menor protección del capital en mercados correctivos.

Recordar igualmente que algunos de los Fondos que invertían en Madoff eran UCITS regulados, por tanto lo que te puede proporcionar seguridad no es que el fondo este regulado o sea UCIT sino la seriedad, experiencia y solvencia de la gestora que haya detrás de la gestión de dicho producto. El objetivo de un inversor que invierta con un objetivo de retorno absoluto debería de ser lograr rentabilidades positivas con independencia de la evolución de los mercados. La direccionalidad de los UCITS hace que estos no protejan a los inversores con la misma eficacia que invirtiendo en hedge funds. Si queremos invertir con un gestor y explotar su talento de cara a que este se materialice en rentabilidades positivas con riesgos controlados de cara a obtener en un plazo razonable retornos asimétricos, no resulta muy lógico poner restricciones innecesarias a su gestión como hacen los UCIT, lo lógico sería comprar su hedge fund original

Jacobo Arteaga Fierro – Managing Partner BrightGate Capital

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